Como elector militar o en el extranjero, deberá seguir el mismo proceso de inscripción de elector que los demás residentes en el condado de L.A. Sin embargo, tiene más opciones para presentar su solicitud.
¿Es usted un elector militar o en el extranjero elegible?
Usted debe ser uno de los siguientes:
- Un miembro activo o de la reserva de las fuerzas armadas de los Estados Unidos
- Cónyuge o dependiente de una persona en las fuerzas armadas
- Un ciudadano estadounidense viviendo fuera de los límites territoriales de los Estados Unidos o el Distrito de Columbia
(Todos los solicitantes con condición de militar o en el extranjero deben cumplir con los requisitos de inscripción del elector.)
En conformidad con la Ley Federal UOCAVA de 1986, los miembros del servicio militar/uniformados y ciudadanos de los Estados Unidos que vivan fuera de los límites territoriales de los Estados Unidos o el Distrito de Columbia por motivos de empleo, programas de estudio o servicio militar (incluidos el cónyuge o dependientes del miembro del servicio militar) son elegibles para inscribirse para votar y solicitar una boleta electoral para voto por correo (ausente). Esta ley es administrada por el Programa Federal de Asistencia Electoral.
Cómo inscribirse para votar
Para más información, llame al (562) 466-1323 o al (800) 815-2666.
Vuelva a inscribirse para votar
Vuelva a inscribirse para votar cuando:
- Cambie su domicilio
- Cambie su nombre
- Cambie de partido político
Si ha sido dado de baja del servicio militar o no está viviendo fuera de los límites territoriales de los Estados Unidos o del Distrito de Columbia, debería volver a inscribirse para votar utilizando una solicitud estándar en su estado de residencia.