Registrar su Certificado de Matrimonio
Una vez que estén casados, deben devolver su licencia de matrimonio a nuestra oficina de Norwalk para que sea registrada.
NO le enviamos automáticamente una copia de su certificado de matrimonio.
Si desea recibir una copia de su certificado de matrimonio, puede presentar una solicitud de registro de matrimonio al mismo tiempo que envía su certificado de matrimonio para que sea registrado.
Si ha cambiado su nombre en el proceso de matrimonio, se recomienda encarecidamente que solicite una copia de su acta de matrimonio para que pueda utilizarla como prueba del cambio de nombre.
¿Quién puede casarse con usted y su futuro cónyuge?
Ahora que tiene su licencia de matrimonio, que es válida durante 90 días, usted y su futuro cónyuge pueden casarse con una de las siguientes personas cualificadas para celebrar ceremonias matrimoniales:
- Un sacerdote, ministro o rabino de cualquier confesión religiosa que tenga 18 años o más
- Un Juez, Comisario o Subcomisario en activo o Jubilado de un tribunal de este Estado
- Un City Clerk, mientras que esa persona ocupa el cargo
- Un Subcomisario de Matrimonios Civiles
- Un miembro de la Junta de Supervisores del Condado de Los Ángeles
- Una persona que ocupa o ha ocupado un cargo electo de una ciudad o condado