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Las personas que están actualmente presas o que hayan estado encarceladas quizás califiquen para inscribirse y puedan votar en las elecciones de California. Infórmese más sobre:

Requisitos de elegibilidad

En colaboración con el Departamento de Alguaciles del Condado de Los Angeles, el Oficial del Registro Civil/Secretario del Condado ofrece a los prisioneros oportunidades para inscribirse y votar. Existen restricciones, por lo tanto, lea esta sección para verificar si es elegible para votar.

Puede inscribirse para votar si:

  • Es ciudadano de los Estados Unidos de América;
  • Es residente de California;
  • Tiene al menos 18 años de edad para la fecha de la elección o antes;
  • No se encuentra en prisión, ni en libertad condicional, ni está cumpliendo una sentencia en la prisión del condado, ni cumpliendo una sentencia por un delito mayor cometido conforme a la subdivisión (h) del artículo 1170 del Código Penal, ni se encuentra bajo supervisión comunitaria posterior a la liberación; y
  • Un tribunal no lo ha hallado mentalmente incompetente.

Ley de reestructuración de justicia penal

En 2011, la Legislatura aprobó y el Gobernador promulgó la Ley de Reestructuración de Justicia Penal (CJRA por sus siglas en inglés). En virtud del artículo 1170(h) del Código Penal, a los delincuentes de menor nivel se los condena a la prisión del condado y/o supervisión por parte del departamento de libertad condicional del condado en lugar de la prisión estatal. La Ley CJRA ha causado cierta confusión sobre los derechos de voto entre las personas que tienen antecedentes penales.

Usted es elegible si está:

  • En la prisión del condado y está cumpliendo una condena por un delito menor. Un delito menor no afecta su derecho a votar.
  • En la prisión del condado debido a que el tiempo en la prisión es una condición de la libertad provisional.
  • En libertad provisional.
  • Ha concluido la libertad condicional, supervisión obligatoria o supervisión comunitaria posterior a la liberación su derecho a votar se restaurará automáticamente cuando concluya la libertad condicional o supervisión.

Usted no es elegible si está:

  • En una prisión estatal.
  • En una prisión del condado cumpliendo una condena de prisión estatal.
  • En la prisión del condado cumpliendo una condena por un delito mayor según el artículo 1170(h) del Código Penal.
  • En libertad condicional, supervisión obligatoria, o supervisión comunitaria posterior a la liberación.

Inscripción de electores

Puede inscribirse para votar en cualquier momento; sin embargo, para tener derecho a votar en las próximas elecciones, debe inscribirse quince (15) días antes de una elección específica.

  1. Llene el formulario de solicitud de prisionero y escriba “Formulario de Inscripción del Elector” al lado de donde dice “Otro”
  2. Llene el formulario de inscripción del elector
  3. Asegúrese de incluir su domicilio permanente/residencial en las casillas 4 y 5
  4. Incluya la dirección postal de la prisión en las casillas 7 y 8:

    P.O. Box 86164

    Terminal Annex / Booking #_____

    Los Angeles, CA 90086-0164

  5. Revise el formulario de inscripción y asegúrese de firmarlo y que toda la información esté completa
  6. Envíe por correo el formulario de inscripción del elector

Usted puede verificar el estado de su inscripción de elector.

¿Fue puesto en libertad?

Cuando le liberen de su centro de detención, debe volver a inscribirse para votar para que el material electoral pueda enviársele por correo a la dirección correcta. De lo contrario, el material electoral podría enviarse a un centro de detención o podría regresarse a la Oficina de Elecciones del Condado como correo no entregable.

Vuelva a inscribirse para votar si:

  • Ha cumplido una condena por delito mayor y no está en libertad condicional
  • Ha cambiado su domicilio permanente
  • Ha cambiado su nombre
  • Ha cambiado de afiliación política

Recursos

Para obtener más información, consulte:

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